Reforma muy acertada en la legislación española: ya se puede decidir el orden de los apellidos
Supongo que no soy el único que se ha preguntado alguna vez el por qué de la obligatoriedad tradicional en muchos países – incluído España – del formato “apellido paterno delante de apellido materno” respecto a los hijos recién nacidos. Se podría interpretar como una de esas normas tradicionales obsoletas, y machistas, propias de tiempos antiguos, pero desfasadas para los tiempos actuales. Pues ojito, ahora con la nueva reforma de la ley del Registro Civil aprobada en 2017, los padres al fin van a tener la potestad de decidir el órden de los apellidos que llevarán sus hijos. La nueva norma buscará que “ambos progenitores se pongan de acuerdo y firmen un documento de autorización –quieran poner el apellido de ella o de él en primer lugar– que puede remitir al registro cualquiera de ellos”, aseguran fuentes del Ministerio de Justicia. En caso de que no se pongan de acuerdo o cuando no se haya indicado el orden de los apellidos, el encargado del Registro Civil requerirá a los proge...